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jueves, 20 de febrero de 2020

UN SIGLO DE CONSTITUCIONES (PARTE 1)

Liberalismo. Constitucionalismo. Parlamentarismo. Estas tres palabras definen el siglo XIX español. Un siglo tan convulso e inestable como denostado durante décadas porque empezó con una guerra, la de la Independencia (1808 - 1814) y finalizó con un destrastre, el del 98. El Franquismo también inyectó en la memoria colectiva de los españoles el rechazo por un siglo XIX "fracasado" y "decadente", en el que habían triunfado los supuestos males de España.

Sin embargo, el siglo XIX en España no fue muy distinto al de otros países de Europa Occidental. Portugal, Bélgica, Italia, Alemania o Francia atravesaron experiencias políticas tan convulsas como las españolas. Además, los españoles tuvieron el honor de promulgar la tercera constitución de la Historia universal, la de 1812, después de la norteamericana de 1788 y la francesa de 1791. Otro récord es el número de constituciones en el siglo XIX, después de Francia, que promulgó nada menos que once entre 1791 y 1900, España se encuentra en segundo lugar. Promulgó cinco constituciones escritas entre 1812 y 1900, a las que podemos sumar el Estatuto de Bayona de 1808, el Estatuto Real de 1834 y las constituciones que no llegaron a promulgarse de 1856 y 1873. Este trajín de constituciones fue fruto de las convulsiones políticas que sufrió país a lo largo del siglo.

A pesar de la inestabilidad política, los conflictos y la violencia, debemos reiterar que el siglo XIX fue un siglo fundamentalmente constitucional. Durante la mayor parte de la centuria, la vida política del país estuvo regida por una constitución escrita, si exceptuamos el comienzo del siglo, hasta 1808, donde estuvo vigente sin ninguna contestación el absolutismo de Carlos IV; los años de la Guerra de Independencia (1808 - 1814), en la mayor parte del país; y largos años del reinado de Fernando VII (1814 - 1820 y 1823 - 1833). En otras palabras, setenta y uno de lo cien años del siglo fueron constitucionales. Desde 1834 hasta 1900 estuvo vigente una constitución, ya fuera moderada, progresista o democrática. Y este periodo constitucional se prolongó hasta el golpe de Estado de Primo de Rivera en 1923, bien entrado el siglo XX. En total, unos noventa años seguidos de gobiernos constitucionales.

De hecho, si hay un siglo constitucional en la Historia de España, es el siglo XIX. Por hacer una simple comparación, sólo en cicuenta y un años de los cien del siglo XX estuvo vigente una constitución. Las dictaduras de Primo de Rivera (1923 - 1930) y la del general Franco (1939 - 1975) fueron oscuros y largos años de negación del constitucionalismo. Cualquier constitución liberal fue denostada y rechazada, sobre todo durante el Franquismo. En el siguiente esquema podemos visualizar mejor los periodos constitucionales y las etapas de negación del constitucionalismo en la España de los siglos XIX y XX.

Periodos constitucionales en los siglos XIX y XX

Si obviamos el llamado Estatuto de Bayona de 1808 por ser redactada por extranjeros y promulgada fuera del país, el punto de partida del constitucionalismo español fue 1812, con la promulgación de la Constitución de Cádiz, "la Pepa". Aquel 19 de marzo de 1812, la soberanía dejaba de estar monopolizada por el rey y se otorgaba, por primera vez en la Historia de España, a un colectivo, la nación. Se reconocía la igualdad de los españoles "de ambos hemisferios" (metrópoli y territorios ultramarinos) ante la ley y se establecía la separación de poderes.

La Constitución de Cádiz apenas estuvo vigente seis años no consecutivos y nunca en todo el territorio durante la Guerra de la Independencia. Posteriormente, tras la muerte de Fernando VII en 1833, la Corona, encarnada por la regente María Cristina de Borbón, madre de Isabel II, sancionó un sucedáneo constitucional denominado habitualmente Estatuto Real, que fue redactado por el Marínez de la Rosa. Tampoco se puede considerar esta una constitución pues no fue más que una Carta otorgada por la Corona siguiendo el modelo del liberalismo doctrinario francés. 

El impulso constitucional se retomaría tras el pronunciamiento de los sargentos de la Granja de San Ildefonso en 1836 que obligaría a la regente a reinstaurar la Constitución de 1812 hasta la promulgación de otra adaptada a los nuevos tiempos. Esta se promulgaría en 1837 y, desde entonces, nunca más en el siglo XIX, España estaría sin Constitución. Los textos constitucionales se convirtieron en una especie de catecismos civiles, evidenciándose una auténtica devoción por las constituciones escritas a lo largo de toda la centuria. Era la forma de reflejar, de fijar, los principios liberales, las declaraciones de derechos y libertades de la ciudadanía y la organización y el funcionamiento del Estado.

En cuanto a la forma de gobierno, la propia del siglo XIX fue, sin ninguna duda, la Monarquía, que estuvo vigente durante toda la centuria a excepción del periodo 1873 - 1874 (no llegó a dos años), la Primera República. También fue el siglo del surgimiento de la opinión pública si bien este proceso fue lastrado por las elevadas tasas de analfabetismo en España. A finales del siglo XIX un 70% de la población no sabía leer ni escribir. Una grupo minoritario, muy restringido, sí lo hacía. La libertad de expresión y de imprenta impulsó la proliferación de la prensa. La decimonovena centuría asistió a una explosión de la prensa escrita. La mayor parte de los periodicos defendían las constituciones con vehemencia y tenían una vida de escasa duración - como las propias constituciones -.

La oratoria también se desarrolló imparablemente en el siglo. Es el siglo de los grandes oradores: Argüelles, Olózaga, De los Ríos Rosas, Castelar, Sagasta. Todos fueron maestros de la oratoria, mentes lúcidas y voces vivaces que defendieron sus ideas incansablemente en las Cortes. El palacio del Congreso de los Diputados se convirtió en el centro de la vida política si bien lamentamente mediatizado por el ruido de sables de los espadones y las intrigas de la Corona y su camarilla.

Los partidos políticos, todos ellos liberales durante buena parte del siglo, hicieron de las cartas magnas armas políticas contra los adversarios. Ya durante el Trienio Liberal (1820 - 1823), cantaban los liberales el "Trágala" a Fernando VII. Y durante el reinado de Isabel II, todos trataron de imponer "sus constituciones" a los otros. En otras palabras, la mayor parte de las constituciones del siglo fueron el reflejo de los programas políticos de los partidos que las redactaban. No obstante, toda nueva constitución se presentó como una modificación de la precedente. Así, la de 1837 fue presentada como una reforma de la de 1812; y la de 1845 como una rectificación de la de 1837. En 1856 también se añadieron actas adicionales a la de 1845, como veremos.

Por lo que respecta al sufragio, fue censitario durante la mayor parte de siglo a excepción del establecido por la Constitución de Cádiz en 1812 y por la revolucionaria de 1869, que fue universal masculino. El sufragio universal masculino se aprobaría definitivamente en 1890. Aunque hubo numerosos criterios para restringir el sufragio a lo largo del siglo, el más habitual fue el umbral contributivo, es decir, la capacidad económica de lo electores. Dependiendo de los intereses del partido en el gobierno se aumentaba o disminuía dicho umbral permitiendo votar a más o a menos ciudadanos. Dio igual, en cualquier caso, pues el falseamiento de las elecciones, el pucherazo y la manipulación de los resultados fue una constante durante todos el siglo, con sufragio universal o censitario.

Tampoco contemplaron las constituciones decimonónicas la igualdas de sexos. De hecho, el Código Civil aprobado en 1889 e inspirado en el Código Napoleónico regulaba la desigualdad entre hombres y mujeres. A finales del siglo emergió el primer feminismo que tuvo como una de sus máximas representantes a la escritora gallega Emilia Pardo Bazán. 

Tampoco se contemplaron los derechos laborales y sociales en la mayor parte de los textos constitucionales del XIX. Todo ello a pesar de que el movimiento obrero tuvo sus primeros chipazos en España en la década de 1830. En 1833, los luditas habían quemado la primera fábrica del país, "El Vapor", propiedad de los hermanos Bonaplata en Barcelona. El mutualismo y las primeras asociaciones obreras empezaron a configurarse en las décadas de 1840 y 1850, en la clandestinidad; y el anarquismo y el marxismo sólo penetraron en España a partir de 1868. Fue precisamente la Constitución revolucionaria de 1869 la primera que reconoció el derecho de asociación, abriendo la puerta a la formación de sindicatos de clase legalmente constituidos. Empero, la dictadura del general Serrano establecidad provisionalmente tras el fracaso de la Primera República, anuló este derechó y prohibió las asociaciones obreras.

Es el momento de hablar detenidamente de cada constitución. Lo haremos en entradas posteriores. Por ahora, basta con esta pequeña introducción.

 

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